Multiadquirencia
Desde el pasado 1 de setiembre, se simplificó un tema que resultaba poco práctico, en
especial para los pequeños comerciantes, en lo que respecta a la venta con tarjetas
de crédito, débito o dinero electrónico.
Comenzó a regir lo que se denomina
Multiadquirencia, donde se habilita a que
la empresa adquiriente (la que tiene
contacto con los comercios), le dará
acceso a todos los medios de pago.
Hasta la fecha, existian múltiples
empresas que se dedican a proveer a los
comercios el acceso al sistema de pagos,
pero cada proveedor lo hace para una
marca en exclusividad. A partir de ahora,
se ofrecerá el acceso para todas las
tarjeta.
Este cambio generará una mejora en los servicios de tarjetas de crédito y débito
ofrecidos actualmente desde el sistema financiero, e incrementará la eficiencia del
sector comercial a través de la racionalización de sus costos, y se espera que dicha
eficiencia se vea reflejado en forma indirecta en mejores servicios para el consumidor.
Bienes no autorizados para Free Shops
Recientemente el Poder Ejecutivo mediante el Decreto 301/022 estableció el listado de
bienes no autorizados para su comercialización por empresas habilitadas a operar en
el régimen de venta de bienes a turistas extranjerso (Régimen Free Shop).
Hasta la fecha el régimen se encontraba regulado por el Decreto 367/995, donde
establecia el listado de los bienes que podian comercializarse bajo el régimen Free
Shop (lista positiva). Es a partir del nuevo decreto, que regirá desde el 1 de noviembre
de 2022, y en base a que Brasil ha sancionado diversas normas que habilitaron la
instalación de tiendas libres de impuestos en las ciudades fronterizas, que se decide
sustituir la lista positiva actual, por la posibilidad de comercializar cualquier bien salvo
que se encuentre en el listado taxativo de prohibición de comercialización, que son:
1. Medios de transporte ni sus partes y repuestos; aceites y combustibles
2. Productos de la canasta básica de consumo de la población de frontera
(incluidos, entre otros, productos del reino animal, reino vegetal, y de almacén
3. Animales vivos y Plantas
5. Maquinaria agrícola/agropecuaria, industrial, comercial y/o de servicios
6. Electrodomésticos de gran porte
7. Materiales construcción civil, incluidos, materiales eléctricos y sus partes,
hidráulicos y sanitarios
9. Tejidos e hilados y calzados (excepto zapatillas deportivas y
ojotas/chancletas)
Con esto se busca mantener el normal funcionamiento del régimen en frontera y la
competencia leal entre los comerciantes de ambos paises, incrementando la cantidad
de bienes posibles.
Publicado: 28 Setiembre 2022